La Junta de Castilla y León traslada a los ayuntamientos la importancia de contar con canales adecuados para ofrecer la debida información y atender las denuncias de los ciudadanos
La Junta de Castilla y León traslada a los ayuntamientos la importancia de contar con canales adecuados para ofrecer la debida información y atender las denuncias de los ciudadanos
El fundamento de la transparencia tiene su base en el derecho democrático que tienen los ciudadanos a exigir a todo agente público (político o empleado público) que informe y rinda cuentas sobre su gestión y administración. Por su parte, los canales de denuncia son nuevas herramientas que promueven unas administraciones públicas más íntegras, comprometidas con la erradicación de las prácticas corruptas y de las conductas contrarias a los principios de legalidad, objetividad e imparcialidad.
Pero no sólo constituyen un deber ético de las entidades locales hacia los ciudadanos, sino un deber legal, que viene impuesto, para la transparencia, por la Ley estatal de Transparencia y Acceso a la Información Pública de 2013, y para la existencia de los canales de denuncia, por la Ley estatal de Protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción de 2023, aprobada en desarrollo de una Directiva Europea de 2019.
Por su parte, la Administración autonómica cumple convenientemente con los preceptos contemplados en ambos ámbitos, y, además, cuenta con sus propios instrumentos legislativos e institucionales para implicarse, aún con mayor profundidad, en la rendición de cuentas que los ciudadanos de Castilla y León merecen y solicitan en el ejercicio de sus derechos.
En el caso de la normativa sobre transparencia, la Junta de Castilla y León se adelantó a la entrada en vigor de la Ley estatal, puesto que en 2012 la Comunidad ya había aprobado su modelo de Gobierno Abierto para poner en marcha un nuevo canal de información a través de las nuevas tecnologías de la información, y de acuerdo con los principios de transparencia, participación y colaboración. Y en 2015 Castilla y León aprobaría su propia Ley de Transparencia y Participación Ciudadana, desarrollando y ampliando, de esta forma, la normativa estatal.
Por otro lado, si hablamos de los canales de denuncia de la Junta de Castilla y León, el llamado canal interno, que pueden utilizar sus trabajadores y cualquier otra persona que desempeñe su actividad laboral en relación con las mismas, fue creado mediante un decreto-ley aprobado en las Cortes por unanimidad en 2023, atribuyéndose el estudio de las denuncias a la Inspección General de Servicios. Además, hace solo dos semanas, la Junta aprobó el decreto por el cual se regula el funcionamiento de este canal interno de denuncias, ofreciendo así una mayor seguridad jurídica a todos los informantes de posibles infracciones administrativas o penales en la Administración autonómica.
Respecto al denominado canal externo de denuncia, que puede utilizar cualquier ciudadano, la Ley de Medidas Económicas, Fiscales y Administrativas para el año 2024, publicada a mediados de mayo, crea la Autoridad Independiente en materia de Corrupción de Castilla y León, que queda adscrita al Consejo de Cuentas de las Cortes.
Por estos motivos, como ha señalado el consejero de la Presidencia, Luis Miguel González Gago, “la Junta de Castilla y León es una institución proactiva y comprometida con la integridad como administración pública, y siempre ha destacado en el contexto nacional por sus excelentes políticas de transparencia y dación de cuentas”.
Transparencia, canales de denuncia y entidades locales
González Gago ha recordado en su discurso de inauguración que las entidades locales de Castilla y León se rigen en materia de transparencia por la Ley estatal de 2013, que las incluye en su ámbito de aplicación, no por la Ley autonómica, norma que emplaza a todas las corporaciones locales a publicar en el Portal de Transparencia aquella información que dicha ley estatal recoge como obligatoria.
A este respecto, ha señalado que las obligaciones recogidas en la ley no contemplan excepciones o diferentes exigencias en función del diferente tamaño de los municipios, cuestión que puede ser criticable si tenemos en cuenta el municipalismo característico de Castilla y León y el pequeño tamaño de muchos de los 2.248 municipios con los que contamos. Por eso, ha exigido al Gobierno la aprobación por ley del Estatuto del Pequeño Municipio, que permita flexibilizar el régimen jurídico y económico-presupuestario de las pequeñas entidades locales, para poder desarrollar ésta y otras competencias, ya que no es normal equiparar los deberes de una capital de provincia y de un pequeño pueblo.
Además, el consejero ha recordado que el carácter obligatorio de los canales de denuncia implica a todos los organismos y entidades públicas, incluidas las locales, tal y como reconoce la Directiva Europea. El canal interno de denuncias ha de ser propio de cada entidad local, y la Autoridad Independiente en materia de Corrupción de Castilla y León del Consejo de Cuentas les presta el servicio de canal externo.
El consejero ha querido repasar con los representantes y técnicos municipales cuáles son sus obligaciones en este ámbito, ofreciendo la disposición de la Junta de Castilla y León para ayudar y asesorar a las corporaciones locales sobre este asunto. Del mismo modo, ha reconocido la importante labor de las diputaciones provinciales a la hora de poner a disposición de los pequeños ayuntamientos las herramientas informáticas necesarias para facilitarles el cumplimiento de sus obligaciones en materia de transparencia y canales de denuncia.
González Gago ha reconocido “el interés y la inquietud de mejora de los representantes municipales por la mejora y la modernización de las entidades locales, incluyendo, con toda seguridad, su compromiso con el cumplimiento de las obligaciones en transparencia y en la gestión de los canales internos de denuncia”.